Secciones de preguntas:
- Filosóficas
- Sobre la participación-dinamización
- Sobre proyectos – Temas técnicos
- Aspectos jurídicos
- Aspectos económicos y financieros
Filosóficas
¿Por qué no ofrecemos un producto cerrado y sin embargo nos centramos en un proceso?
Porque creemos que con un proceso, damos muchas más oportunidades a los ciudadanos de empoderarse y hacerse protagonistas de la construcción de la comunidad. Cuando el producto está cerrado, el ciudadano simplemente firmará y pagará lo que le corresponde pero será mucho más difícil empoderarse y hacerse dueño de la iniciativa. Esto es, forma parte del diseño de la iniciativa y la hace suya.
Además, al tener una propuesta más cerrada, aunque luego se puedan tomar riendas de la iniciativa puede ser complicado y complejo el proceso de adecuación, dedicando más tiempo global a las adaptaciones que el invertido inicialmente en un proceso más amplio. Es preferible, aparentemente, ‘perder tiempo’ al principio que destinar más tiempo por el camino, a posteriori.
Otro efecto es el de la legitimidad de la propuesta. Se percibe más legítima conforme más abierta y participativa sea (capacidad de influir y diseñar) desde el primer momento.
¿Hasta qué punto es posible participar en proyectos de éste tipo para personas que tienen problemas de pobreza energética?
Es necesario buscar fórmulas para integrar a las personas vulnerables en proyectos como las CER.. Una propuesta es establecer una aportación pequeña para entrar en la cooperativa, de en torno a 10€, ya que es un importe accesible para cualquier persona. Además, se pueden alcanzar acuerdos, para que cada persona no aporte lo que le corresponde de manera proporcional a la cuantía que requiera un proyecto concreto, sino lo que pueda aportar, garantizando el equilibrio entre financiación y capacidad real de cada participante
Los recursos los determinarán las personas que formen la CER. También puede haber flexibilidad a la hora de hacer los pagos: por ejemplo hacer las aportaciones en plazos más largos, para facilitar los pagos. En cualquier caso la CER establece reglas del juego específicas para poder admitir y hacer partícipes a personas de diferentes condiciones socio-económicas.
Si ya estoy en GOIENER, ¿por qué necesito estar en una comunidad energética?
GOIENER, S.COOP., tiene como actividad cooperativa la comercialización de electricidad en el mercado eléctrico, mientras que las comunidades energéticas se están enfocando en la promoción de instalaciones de generación renovable, prestación de servicios específicos a las socias de la comunidad. Por tanto, estar en GOIENER y en la EBK son dos acciones complementarias ya que las EBK no tienen en sus objetivos la misma actividad que GOIENER. Al revés, las EBK nos piden a GOIENER que les ayudemos en la ejecución de determinados servicios y proyectos de modo que vamos desplegando un escenario de inter-cooperación. En otras palabras. Ser parte activa de la EBK de tu zona (consulta aquí las comunidades de tu zona) supone apoyar el modelo descentralizado y local que promovemos sin por ello disminuir ni perjudicar tu compromiso con GOIENER. Te animamos a que te informes en tu EBK más cercana o, sino, que puedas promover una en tu zona.
Estoy en una comunidad que no promueve GOIENER y una condición es que nos cambiemos de comercializadora, pero yo no quiero hacerlo ¿Es obligatorio cambiarse?
Las directivas europeas dejan claro que el consumidor debe ser libre para poder elegir con quién quiere relacionarse, y no sólo como un derecho general sino como una regla del juego dentro de las comunidades energéticas. Por otro lado, vemos que algunas comunidades energéticas fijan, dentro de sus reglas del juego, que quien quiera participar habrá de cambiarse de compañía eléctrica, aspecto que no es ilegal pero contradice el principio previo mencionado.
Esta motivación de ‘obligar’ al cambio suele ser razonada desde dos vertientes:
a) en comunidades donde se quieren hacer autoconsumos colectivos la gestión de múltiples usuarios con diferentes comercializadoras retrasa las gestiones. Esto, si bien ha sido y es aun, una realidad en la relación con las distribuidoras, va a ser cada vez más anecdótico y prueba de ello es la reciente consulta de la CNMC de 21 de julio donde en la página 17 deja bien claro que en las nuevas relaciones comercializadora-consumidor se podrán activar los autoconsumos colectivos aunque no todos los participantes lo hayan comunicado a su respectiva comercializadora. La progresiva expansión del autoconsumo colectivo está permitiendo que el legislador y los agentes del mercado vayan operando de manera más eficiente. Evidentemente, esto no será del gusto de determinadas iniciativas que buscan generar clientela cautiva con comercializadoras dominantes (‘o de toda la vida’).
b) En otras comunidades la existencia de un escenario multi-suministrador dificulta la operatividad de acuerdos a través de sistemas bilaterales de fijación de precios. Esta dificultad, real, no obstante puede ser resuelta mediante la percepción de beneficios a través de otra vías que no sean específicas de la factura eléctrica.
En resumen:
1.- GOIENER te anima a participar en las comunidades energéticas que viene promoviendo.
2.- Si quieres participar en una comunidad no promovida por GOIENER has de saber que tu derecho es el de poder trabajar con la comercializadora que quieras y, en caso de ser ‘obligado’, pues quizás puedas empujar desde dentro de dicha entidad a que las cosas cambien. Si necesitas más información o ayuda, aquí nos tienes.
Sobre la participación-dinamización
¿Por qué es importante un equipo plural desde el principio?
Porque cuanto más plural sea (procedencia, sexo, clase social, etc), mejor representada está la ciudadanía y más posibilidades de llegar a todos tendremos. Además si en ese equipo inicial coincide que hay personas que se acercan desde el ámbito social, energético, jurídico, etc, mejor también para cuando se vaya a constituir la comunidad. La pluralidad permite integrar diferentes puntos de vista e intereses para aumentar el grado de cohesión de la comunidad energética de cara al futuro.
¿Se puede crear una comunidad sin el Ayuntamiento?
Sobre el papel sí. No hay un impedimento jurídico. Las Directivas mencionan a los municipios, empresas, particulares pero sin dejar clara la obligatoriedad de la participación de cada tipo de agente.
Otra cuestión es la idoneidad de que participe el espectro más amplio posible de la sociedad y, no contar con el ayuntamiento cuando se van a desplegar un conjunto de proyectos y servicios en el municipio no resulta algo deseable, pero tampoco ha de ser un impedimento.
La presencia del Ayuntamiento puede ser una fuente de ayuda en diferentes frentes; económico, financiero, medios, etc., que de otra manera puede costar obtener o fiar mucho a la acción desinteresada de la gente. Si, además, tenemos proyectos que requieran contar con recursos existentes en espacios de titularidad municipal (véase cubiertas), pues más complicado aún.
Pero podrían darse casos donde se inicie algo a nivel EBK y el Ayuntamiento no entre. Imaginemos Goiener Soziala desde la EBK, o medidas de eficiencia energética, revisiones de contratos, etc. o un proyecto de generación en un particular-privado (nave en polígono). La comunidad alrededor de esos elementos, si tiene todos los mimbres, podría empezar a operar. Las puertas están abiertas pero no tendría que esperar a nadie.
¿Cómo se empieza? No parece un proceso fácil. ¿Quién va a encargarse de mover todo?
El primer paso es dar con personas que tengan ganas, conocimientos e implicación y que acuerden trabajar alrededor de un objetivo común.. ¿Quiénes son los agentes clave para garantizar un proceso abierto, inclusivo y plural?
- Ciudadanía: de diferentes edades, géneros, orígenes, experiencias, conocimientos…, que apuestan por las energías renovables, generando energía de forma local y priorizando los mecanismos de solidaridad.
- Agentes locales, asociaciones, comunidades de vecinos…
- Ayuntamiento o administración pública local.
- Empresas locales: sean de energías renovables o no, pero que apuesten por las energías renovables y crean en la fuerza de la comunidad.
Tras un primer momento donde hay un mínimo de partes interesadas que se mueven en torno a unos objetivos y valores comunes es importante plantearse si el proceso puede ser desempeñado con los recursos y conocimientos de ese grupo inicial o se requiere un apoyo externo. Para ello, se resumen a continuación las actuaciones mínimas que deberán abordarse durante todo el proceso:
- Coordinación. Entre las personas del Grupo de Apoyo y las del Grupo Promotor: convocatorias, actas, archivo de la documentación, gestión de la información, etc.
- Garantías para la participación. A medida que las personas del Grupo de Apoyo (en un primer momento) y las personas Grupo Promotor (posteriormente) se vayan empoderando, habrá que ir concretando: objetivos de las reuniones, organización de las sesiones, planteamiento en función de los temas a tratar, dinámicas y material…, y, por supuesto, centrarse en el cuidado del grupo.
- Recursos técnicos y económicos. Las personas integrantes del Grupo de Apoyo deberán conocer las necesidades energéticas locales y analizar los recursos energéticos y tecnológicos existentes a nivel municipal o comarcal. A continuación, analizaremos cómo se pueden conjuntar ambos aspectos y haremos una previsión de las proyecciones futuras con los recursos técnicos y económicos necesarios, como subvenciones, contrataciones…
- Trámites jurídicos. Entre las personas participantes en el Grupo Promotor debemos crear una organización. Debemos analizar su viabilidad y no sólo la de los proyectos; habrá que decidir las reglas de juego… y para ello necesitamos personas expertas en la materia.
¿Cómo es posible convencer a la gente del entorno (vecinas/os, conocidas/os…) para que participen en una CER? No me parece tan fácil hacer frente a los gastos que surjan.
Es importante visualizar que para que una CER tenga éxito, las personas que forman parte de ella tienen que mirar más allá de los ahorros. Si el único objetivo son los beneficios económicos, la CER no funcionará. Hay que pensar en el bien común y el proyecto conjunto.
El primer paso es exponer la idea, hacer presentaciones públicas del objetivo general, qué se persigue, utilizar materiales ya existentes o contar con entidades que estén acompañando para escuchar sus propuestas. A partir de un primer interés podremos ir dando otro conjunto de pasos, entre ellos los que conciernen a la viabilidad de la propuesta.
Los posibles gastos que surjan tendrán que venir asociados a ingresos que genere la CER. Si solo tenemos gastos, será complicado convencer a las personas en la creación de la comunidad. Durante los procesos de creación hay que contemplar que se realice un análisis de viabilidad económico financiero. Una propuesta que se da en algunas comunidades es que se destine un X% de los ahorros en facturas de suministros a nutrir las necesidades de la CER. Ese importe puede utilizarse para pagar los gastos que se generen, y poner en marcha nuevos proyectos. Existen gastos, pero también ingresos, generación de activos a nombre de la comunidad, promover el bien común, etc.
Sobre proyectos – Temas técnicos
Los Ayuntamientos quieren autoconsumos colectivos y se lían con las EBK. ¿Qué mensaje podemos transmitir?
Si lo que quieren hacer es un autoconsumo compartido para puntos de suministro municipales, no tienen porqué meterse en una EBK.
Si lo que quieren hacer es un autoconsumo compartido para punto de suministro municipales y también para ciudadanos (incluidos vulnerables), en principio no tiene porqué meterse en una EBK pero podría ser interesante, si hay un grupo de personas interesadas en involucrarse en el proceso de creación, siempre y cuando se vea que se van a poder/querer hacer más proyectos.
También es importante visualizar que pueden convivir las dos acciones, el autoconsumo colectivo por un lado de titularidad municipal y los proyectos vinculados a la comunidad energética.
He oído que en el casco viejo de mi pueblo/ciudad hay problemas para poder hacer instalaciones fotovoltaicas, al parecer hay trabas legales relacionadas con el patrimonio. ¿Qué se puede hacer en estos casos?
Es importante saber encontrar alternativas para las dificultades que surjan.
Por ejemplo, hay posibilidad de hacer autoconsumos colectivos en un radio de 500m desde la instalación, si en ese radio hay tejados que permitan la instalación, perfecto, si no, se pueden buscar alternativas para la CER, como redes de calor, rehabilitación de viviendas… etc.
Por otra parte, con el tiempo las leyes tendrán que ir adaptándose para dar facilidades, y la investigación en nuevas tecnologías dará sus frutos. Al margen de optimizar la generación renovable, necesitaremos también reducir nuestros consumos.
En cualquier caso, no se puede actuar contra una ordenanza o legislación que afecte al patrimonio, en el corto plazo, y deberá tenerse en cuenta en la viabilidad de la comunidad energética.
¿Un autoconsumo compartido es una CER?
Aunque en las noticias que aparecen en los medios de comunicación los autoconsumos compartidos se presentan como Comunidad Energética, hay que insistir en la no necesidad de crear entidades jurídicas para realizar autoconsumos compartidos y en que nadie debe cambiar de comercializadora. Si algunos puntos de suministro quieren realizar un autoconsumo entre ellos, deben decidir dónde realizar la instalación, definir su tamaño, decidir los coeficientes y la distribución de la inversión. Conviene tener consensuada (mejor por escrito) la distribución entre ellos de los gastos que se pueden generar en el autoconsumo compartido (seguro, manutención, re-cálculo de coeficientes, etc.), pero para ello no es necesario crear una entidad jurídica. En muchas de las comunidades energéticas propuestas en sentido descendente (en la mayoría de los casos se trata de autoconsumos compartidos) se proponen asociaciones o cooperativas sin ánimo de lucro que, en la mayoría de los casos, se vinculan a empresas comercializadoras con ánimo de lucro.
¿Y un autoconsumo compartido? ¿Podría integrarse en una CER?
Habría que adaptar cosas, pero existen fórmulas para hacerlo. Si las personas estuviesen de acuerdo, tendrían que acordar la manera de hacerlo. Hay que tener en cuenta que, a día de hoy, la no transposición de las Directivas europeas deja algunas lagunas en la aplicación de las comunidades energéticas. Una cuestión clara que hay es que la comunidad energética ha de ser titular de las instalaciones que desarrolla, de modo que en instalaciones existentes deberá valorarse la conveniencia e idoneidad de modificar la titularidad de dichas instalaciones existentes.
¿Qué tecnología se puede utilizar en una EBK?
Cualquiera que sea renovable y además, cualquier actividad que fomente la reducción del consumo, la movilidad sostenible o rehabilitaciones, redes de calor, etc.
No entiendo bien el proceso de autoconsumo, ¿cómo se mide? ¿Qué es lo que se compensa?
Hay un contador que mide lo que consumimos (lo que entra) y lo que vertemos a la red (lo que sale), hora a hora. La comercializadora, al emitir la factura, aplicará el consumo neto (consumo-producción) y con lo que sobra se calcula la compensación. Lo máximo que conseguiremos será que la parte de consumo de nuestra factura (sin peajes ni cargos) llegue a 0; a partir de ahí, la comercializadora no nos va a compensar más.
Autoconsumo Individual
Autoconsumo colectivo en un edificio
Autoconsumo colectivo más allá de un edificio
Ejemplo de una compensación
Autoconsumo compartido (requisitos). ¿El transformador dónde está colocado?
Cumplir uno de estos tres requisitos: 2 km de distancia (se reduce a 500 m si las instalaciones no son sobre cubierta, suelos industriales o sobre estructuras artificiales), compartir el transformador o compartir número del catastro. Saber dónde está el transformador y conocer qué puntos de suministro consumen de él puede ser interesante para los casos de comunidades más rurales donde las casas están alejadas unas de otras.
La parte fija de factura no se puede variar de un mes a otro, y supone un coste para cada vecina/o… ¿sería posible ponerse de acuerdo entre todas/os las/os vecinas/os y poner un contador único para todas/os?
Lo más probable es que la distribuidora no acepte fórmulas de ese tipo. Podría realizarse, pero habría que acordar muy bien el sistema de reparto de energía, ya que no se permite realizar una reventa de la energía; más allá de poder superar las trabas administrativas de las distribuidoras.
¿Qué tipo de problemas pueden surgir para poner en marcha un autoconsumo compartido?
Nuestra experiencia indica que no hay grandes problemas por parte de las instituciones, pero sí nos hemos encontrado con algunos obstáculos cuando la gestión llega a las distribuidoras. También tenemos conocimiento de que no existe la misma agilidad para la tramitación en todas las comercializadoras.
Hay que tener en cuenta que en todos los casos de autoconsumo colectivo, es necesario la solicitud de acceso y conexión a la distribuidora. Ya que es indispensable un contador de generación para la lectura de la producción y el reparto virtual de la energía acorde a los coeficientes de reparto establecidos entre todos los consumidores. De este modo, se indicarán los datos técnicos de la instalación, para obtener el permiso de acceso a la red.
Y tras obtener el permiso para el punto de conexión, se deberá firmar el Contrato Técnico de Acceso (CTA) entre el productor y la distribuidora. Este proceso requiere la elaboración de una cantidad importante de documentación técnica, y dado que el propio proceso se está adaptando e innovando, se pueden encontrar diferentes problemas en el camino: alargar excesivamente los tiempos de presentación y aprobación por parte de los técnicos, cumplimentar nuevos documentos desconocidos, problemas informáticos en la plataforma de solicitudes, etc. Es importante realizar un seguimiento cercano de los expedientes abiertos.
Una vez terminada esta fase, cada consumidor deberá de gestionar el alta del autoconsumo con su propia distribuidora. Como conclusión, la puesta en marcha de nuestras instalaciones debe ser llevada a cabo de forma eficaz por especialistas.
Imagino que habrá que pedir licencia para la instalación, un estudio de ingeniería, ¿quién se encarga de eso?
Las instalaciones de autoconsumo deberán solicitar la correspondiente licencia de obras de acuerdo con la normativa municipal de dicho emplazamiento. En la misma se especifica si se trata de una obra menor o mayor, debiendo presentarse, en su caso, proyecto técnico suscrito por técnico competente. Tratándose de documentación técnica necesaria, podrá ser gestionada directamente por el instalador o por el interesado. Y se recomienda que, dado que pueden existir bonificaciones en las tasas e impuestos del ICIO y del IBI, deberá especificarse en la propia solicitud.
En un autoconsumo compartido ¿tienen que participar todos los vecinos?
No tienen porqué participar todos pero si hay algún punto de suministro común (ascensor, luminaria…), hará falta el permiso de la mayoría simple de los propietarios del edificio. En ese caso, todos los vecinos tendrán que hacerse cargo del pago de la parte correspondiente al punto de suministro común según el coeficiente de reparto establecido para este, repartido según la propiedad horizontal de cada uno.
Si no hay puntos de suministro comunes, hará falta el permiso de un tercio de la propiedad horizontal y en ese caso, el pago se realizará entre los participantes de la instalación. Lo más lógico es que se reparta de acuerdo a los coeficientes de reparto.
Caso práctico: Vivo en una comunidad de vecinas/os y quiero poner autoconsumo en mi edificio. ¿Con cuántas/os lo tengo que acordar para poder hacerlo?
- Para instalar un autoconsumo individual o compartido de puntos individuales (viviendas y comercios), es necesario obtener el permiso de 1/3 de las/os vecinas/os.
- Sin embargo, en autoconsumos que incluyen zonas comunes (ascensor, garajes, luz de escalera…), hace falta el permiso de 3/5, ya que tendrán que pagar la instalación entre todas/os .
A la hora de elegir los coeficientes de reparto, desde la cooperativa proponemos lo siguiente: utilizar la fórmula que más nos ayude a amortizar la instalación cuanto antes. Es decir, que las personas que consumen más en horarios en los que hay mayor radiación solar, tengan un mayor coeficiente. De todas formas, las/os vecinas/os tienen la última palabra para decidir.
¿Si hay tiendas o lonjas, pueden participar en el autoconsumo compartido?
Sí, se pueden incluir en el autoconsumo colectivo tiendas, lonjas y otro tipo de locales.
Hace unos 10 años se pusieron en marcha muchas instalaciones fotovoltaicas en los tejados de nuevas viviendas, y ahora muchas de ellas están en desuso… ¿Cómo sabemos que no va a ocurrir lo mismo?
El desuso puede venir derivado de un mantenimiento incorrecto, o de instalaciones ejecutadas de manera deficiente en un contexto de primas elevadas a la producción de origen fotovoltaico. El objetivo de estas instalaciones era aprovechar las ayudas para fomentar la generación, no estaban pensadas ni dimensionadas para el autoconsumo.
Por otro lado, las instalaciones de autoconsumo cuentan con sistemas de monitorización para el titular de la instalación de modo que se ha mejorado mucho en los mantenimientos preventivos y se evitan problemas o interrupciones de producción a largo plazo. Implicarse, como propietarias de la instalación, con su mantenimiento, al igual que otro elemento de nuestra vivienda o comunidad es la mejor garantía de continuidad.
Teniendo en cuenta que en nuestros edificios una gran parte del consumo va destinada a calefacción y agua caliente, ¿por qué no se promocionan más las instalaciones solares térmicas? ¿Tienen alguna desventaja respecto a la fotovoltaica?
Las instalaciones solares fotovoltaicas no son comparables a las térmicas. Las instalaciones solares fotovoltaicas son para la generación de energía eléctrica, mientras que las térmicas son para el agua caliente, que normalmente se utilizará para el agua caliente sanitaria, pero también para los sistemas de calefacción por agua caliente.
Las instalaciones térmicas requieren un mayor mantenimiento, ya que tienen más elementos integrados en su funcionamiento, pero tienen su función. Existen soluciones técnicas para evitar el uso del gas, cada caso es diferente y habría que analizarlo uno a uno para encontrar la mejor solución.
El código técnico de 2006 obligaba a instalar instalaciones solares térmicas para que el 30% del consumo de agua caliente sanitaria (en nuestra zona climática) fuera renovable. Estas instalaciones no tuvieron buena acogida por parte de usuarios y empresas de mantenimiento durante la operación. Además, la actualización del CTE DB HE 2013 abrió la puerta a otras tecnologías renovables para el agua caliente sanitaria. De ahí la falta de éxito actual, a pesar de la mejora tecnológica y la plena validez de la instalación.
Las normativas europeas indican que, a partir de una fecha concreta, todos los edificios que se construyan tienen que ser de consumo casi nulo… ¿eso es así?
Según la Ley de Sostenibilidad 4/2019 Energética de la Comunidad Autónoma Vasca los edificios de titularidad de las administraciones públicas vascas de nueva construcción y los existentes que sean objeto de reformas integrales cuya construcción o reforma se inicie dos años después de la aprobación de la ley, o a partir de la fecha indicada en la normativa aplicable, deberán ser de consumo de energía casi nulo.
Además, en España, por primera vez, la actualización del DB HE del Código Técnico, mediante el RD 732/2019 del 20 de diciembre del 2019, definió el concepto “Edificio Consumo de Energía Casi Nulo” (NZEB), en cumplimiento de la Directiva 2010/31/UE.
Definía como edificio de consumo de energía casi nulo, aquel edificio, nuevo o existente, que cumple con las exigencias reglamentarias establecidas en este Documento Básico “DB HE Ahorro de Energía” en lo referente a la limitación de consumo energético para edificios de nueva construcción.
Esta normativa es de obligatorio cumplimiento para las obras nuevas que soliciten licencia de obra a partir del 24 de septiembre de 2020. Por lo tanto, cualquier edificio nuevo, con licencia de obra posterior a esta fecha, será Edificio de Consumo de Energía Casi NULO (NZEB).
Vivo en una Comunidad de vecinos que somos 6 edificios pequeños de hace 50 años (sin aislamiento…). La recomendación sería, ¿organizarnos en comunidad energética?
Si tienen CIF, podría ser suficiente. Pero si alrededor existen edificios similares, entonces quizás sí pueda merecer la pena, para realizar actividades de rehabilitación conjuntamente, aprovechando las economías de escada… Algunos quizás tengan cubiertas adecuadas y se pueden aprovechar. Si se crea una CER, cada uno puede decidir participar en una actividad, en qué poner dinero y en qué no.
¿Cuál es la potencia límite de una EBK?
No tiene límites de potencia. Cuando se consiga la soberanía energética del municipio, será posible ayudar a otras EBKs a que sean soberanos, satisfaciendolas necesidades de otros con los excedentes de uno mismo.
¿La eólica urbana es una opción sólida para desarrollar proyectos dentro de las CER?
Existen experiencias que incluyen eólica de eje vertical pero no muchas. A nivel europeo hay más de 12000 cooperativas energéticas, algunas de las cuales son ejemplos de éxito en proyectos eólicos pero de urbanos, de momento no tenemos referencias de éxito. Los casos que se conocen están vinculados a ciertos edificios con consumos elevados y, sobre todo, a instalaciones aisladas de red, en el ámbito rural.
¿Qué ventajas tienes si eres EBK, a la hora de impulsar un proyecto de movilidad sostenible?
Poder englobar en un proyecto más amplio, con participación de más ciudadanos, poder interrelacionarse con otros proyectos que pueden aportar sinergias (autoconsumos colectivos con o sin baterías)
Aspectos jurídicos
¿Por qué el modelo cooperativo es preferible al asociacionismo para las EBK?
1 SECCIÓN 1. POR QUÉ EL COOPERATIVISMO
- Porque es un tipo de organización que se adapta perfectamente a los criterios de las directivas europeas.
- Porque la organización a crear va a ser de una complejidad media/alta de complejidad y porque las cooperativas se adaptan muy bien a este tipo de situaciones con sus valores, leyes y diseños. Aunque al principio el modelo cooperativo parece demasiado complicado, a medio plazo las normas de juego de las cooperativas facilitan los procesos, la vida interna y las relaciones.
- Porque desde el principio se garantiza la participación de las entidades públicas locales sin ningún tipo de impedimento.
- Porque la vida y el espíritu cooperativo se impulsan en muchos ámbitos, no sólo a nivel energético. Con el objetivo de fomentar la cohesión, se difunden a nivel local los valores impulsados por las cooperativas.
- Porque define y describe los tipos de personas socias y su papel en la comunidad. • Porque obliga a describir los derechos, obligaciones y formas de relacionarse entre las personas y entidades socias.
- Porque establece los órganos de gestión, gobierno y supervisión, así como las competencias, funcionamiento y distribución de poderes de cada uno de ellos.
- Porque económicamente determina las condiciones de las aportaciones (recuperables para las personas socias), los tipos de cuotas, las posibles vías de financiación, las posibles opciones de beneficio o pérdida y la creación y funcionamiento de los fondos sociales.
- Porque es obligación de la cooperativa la formación continua en materia cooperativa, mediante la creación de fondos obligatorios en materia educativa.
- Porque todos los aspectos están fijados en los estatutos. Una vez constituida, los estatutos suelen sufrir variaciones muy pequeñas durante la vida de la cooperativa, pudiendo ampliarse o desarrollarse aún más
2 SECCIÓN 2. Ventajas inconvenientes COOP – ASOCIACIÓN
- El derecho de voto y las mayorías están definidas en las cooperativas pero en las asociaciones no.
- Capital social: Las diferencias en cuanto al capital social aquí son patentes. En la cooperativa hay aportaciones que son reintegrables y cuotas, mientras que en la asociación son solamente cuotas no reintegrables.
- Cooperativa: dan opción de otorgar diferentes derechos según el tipo de socio.
- Grandes empresas. Es importante definir los diferentes tipos de socios y establecer los derechos y obligaciones de cada uno de ellos. Podemos encaminar a las grandes empresas a ser socias pero siempre en determinadas forma de soci@
La estructura jurídica parece muy compleja, ¿cómo salvar las dificultades? ¿Cuántas personas hacen falta mínimo para poner en marcha una CE?
En el caso de Orexa pusieron en marcha la C.E. entre 50 personas; en los inicios de Goiener, fueron 30 personas voluntarias las que impulsaron el proyecto.
En la actualidad está ocurriendo que las personas que tienen experiencia en haber impulsado proyectos de éste tipo, ayudan al resto a través de formaciones, charlas, y apoyo en diferentes aspectos.
Una cuestión es el mínimo de personas para formar la cooperativa, y otra el quórum mínimo para hacer un proyecto viable de modo que debemos tener una doble mirada al respecto.
¿La CER podría unirse a otra cooperativa?
Nuestra propuesta, en ese sentido, es crear redes que permitan que las CEs se puedan dar apoyo entre ellas. Si lo que quiere decirse es que la iniciativa se ‘integre’ en una cooperativa existente hay que tener en cuenta que no se pierda la autonomía de la cooperativa.
¿Qué forma jurídica es más rápida para poner en marcha la EBK?
La más rápida posiblemente sea la forma de asociación pero nosotros aconsejamos hacerlo como cooperativa porque es con este tipo de entidad con la que se puede garantizar mejor la gobernanza participativa, la democracia y además, las diferentes formas de capitalizarse, dan mejores oportunidades. Si realmente hay un proceso de participación ciudadano los plazos serán similares, si no lo hay se puede crear una asociación en dos días, sin tener en cuenta las necesidades reales de las personas de dicha comunidad.
La pregunta adecuada es, ¿qué es más eficiente a largo plazo?
¿Si participa el Ayuntamiento la instalación fotovoltaica es de utilidad pública?
Para que una entidad pueda declararse de utilidad pública, no hace falta que participe un ayuntamiento y que participe un ayuntamiento, tampoco garantiza que sea de utilidad pública. Una cooperativa sin ánimo de lucro que tenga dos años de existencia podrá iniciar un proceso para declararse de utilidad pública. Un proyecto, para que sea de utilidad pública, deberá tener en cuenta los criterios del municipio en el que se inserta y que pueden variar de una localidad a otra.
¿El concejo puede ser per se una CER?
A pesar de las dinámicas democráticas que se dan en un Concejo, hay que tener en cuenta que entre los Concejos y los territorios existen unas variedades que, además, son propias del municipio al que pertenecen su dependencia (autonomía parcial), de donde derivan los derechos. Muchas prácticas concejiles coinciden con el espíritu de las comunidades energéticas, pero sin una transposición clara al respecto no se puede dar una respuesta afirmativa. Hay que tener en cuenta que el Concejo no puede cumplir el objetivo general, la apertura y la autonomía que se le exige a la CER. La participación del Concejo en una CER es viable, como puede hacerlo un ayuntamiento.
¿Si el concejo gestiona el servicio del agua puede también gestionar el servicio eléctrico?
No es tan sencillo. En el mercado eléctrico, la parte de la distribución está cerrada a actores que ahora no participan de ello. En cuanto a ser comercializadora, tendría que crear una entidad jurídica para realizarlo y si esta comercializadora es la que obtiene los contratos del concejo, este no podría comercializar más del 20% de lo que el concejo consume. Además, la gestión del agua es una competencia directa de los municipios mientras que la energía no está así recogida.
¿Qué otras comunidades o cooperativas pueden ayudar a la constitución de la EBK?
Cualquiera que sea local o de cercanía, que tenga estructura y vocación en fomentar el proceso de constitución.
¿Cómo hago para crear la cooperativa y a dónde debo acudir cuando cree la cooperativa?
La ley de cooperativas establece el proceso de creación de la cooperativa y una vez constituida, debería de tratar de sumar socios locales (ciudadanos, entidades, asociaciones, PYMEs…)
Aspectos económicos y financieros
¿Cómo se financian los proyectos en una EBK?
La aportación al capital inicial (la obligatoria) puede ser insuficiente (lo será en la mayoría de las ocasiones) para financiar los proyectos de la cooperativa. En ese caso, habrá que buscar otras opciones, entre las cuales están:
- Aportaciones voluntarias al capital social de los socios que serán beneficiarios de los proyectos. Habrá que hacer hincapié para que los participantes de los proyectos, financien la parte correspondiente y de esa manera, fortalecer la cooperativa de cara a inversiones futuras e incluso entidades de financiación externas (cuanto más capital social, mejores condiciones financieras se obtendrán).
- Aportaciones voluntarias al capital social de los socios que no serán beneficiarios de los proyectos.
- Aportaciones voluntarias al capital social de los socios colaboradores (ayuntamientos y/o empresas).
- Aportaciones voluntarias al capital social de los socios inversores (al tipo de interés establecido).
- Entidades financieras externas (Coop57, Fiare Banca Ética…)
¿De dónde va a obtener ingresos una EBK?
Los proyectos de inversión que irá realizando la EBK, deben ser económicamente viables, así como socialmente aceptados y medioambientalmente sostenibles. La viabilidad de la cooperativa (el aseguramiento de los suficientes ingresos para cubrir los gastos) vendrá dada por el establecimiento de una operativa en la que un % de los ahorros generados por los proyectos, se deriven vía cuota a los beneficiarios hacia la cooperativa. Se pueden establecer mecanismos en los que el % de “devolución” a la cooperativa depende del aporte a la financiación del mismo (a mayor aporte financiero menor % de ahorro a derivar a la coop). Ejemplo:
- 80% de la aportación correspondiente en la financiación, se corresponde con un 50% de ahorro a derivar a la cooperativa.
- Ningún aporte en la financiación, se corresponde con un 80% del ahorro a derivar a la cooperativa.
Otra forma de obtener esos ingresos puede ser, poniendo un precio a los kWh ahorrados por los usuarios de los proyectos, de forma que se les cobre por esa energía generada (para autoconsumo) o ahorrada (por proyectos de eficiencia energética).
¿De qué forma pueden ayudar las instituciones públicas?
Algunas Diputaciones están sacando ayudas específicas para ayudar a conformar Comunidades Energéticas y/o proyectos dentro de las mismas. Los gobiernos autonómicos, a su vez, están publicando ayudas para el despliegue de energías renovables y eficiencia energética, en algunos casos claramente vinculados a las comunidades energéticas, como factor de valoración adicional
En algunos pueblos existe una reducción de hasta el 50% del IBI. En Gasteiz las rebajas del IBI dependen del Certificado de Eficiencia Energética obtenido tras la revisión de la vivienda, o al hacer instalación de proyectos renovables. No es fácil de obtener.